¿Simpatizante monárquico con Whatsapp/Signal?
La información del perfil debe excluir cualquier forma de identificación de detalles de los candidatos como nombre, titulos, institución educativa, religión, preferencia política, género, o nombre de empresas u organizaciones. De esta manera los Consejos de Expertos les evaluarán de acuerdo a sus habilidades, comportamientos, formación académica y profesional en vez de basar su evaluación en factores causantes de discriminación o prejuicio. Por tanto, cualquier descendiente pre-inca, inca, amazónico, hispánico, o extranjero, con o sin estirpe comprobable, podrán ser participantes en este proceso, siempre y cuando demuestren vínculo con Perú, sean propuestos por otra persona, y deseen ser monarca.
La información del perfil debe excluir cualquier forma de identificación de detalles de los candidatos como nombre, titulos, institución educativa, religión, preferencia política, género, o nombre de empresas u organizaciones. De esta manera los Consejos de Expertos les evaluarán de acuerdo a sus habilidades, comportamientos, formación académica y profesional en vez de basar su evaluación en factores causantes de discriminación o prejuicio. Por tanto, cualquier descendiente pre-inca, inca, amazónico, hispánico, o extranjero, con o sin estirpe comprobable, podrán ser participantes en este proceso, siempre y cuando demuestren vínculo con Perú, sean propuestos por otra persona, y deseen ser monarca.
El pretendiente idóneo podrá expresar públicamente su apoyo o rechazo a decisiones sobre las propuestas de mejora constitucional debatidas por el Congreso correspondientes al Capítulo I, Capítulo II, artículo 45, artículo 113 y Capítulo XII.. Después del debate, el Congreso nombrará al pretendiente idóneo como pretendiente al trono del Perú y definirá su título correspondiente.
En caso de rechazo parcial del ofrecimiento, ya sea de cualquiera de las mejoras constitucionales aprobadas por el Congreso o del nombramiento como Pretendiente al Trono del Perú, el pretendiente al trono dará por escrito las razones de su no aceptación, las cuales serán remitidas al Congreso para su evaluación, debate y modificación para cumplir los requisitos del Pretendiente al Trono.
Los jefes de los poderes del Estado Peruano crearán el Consejo de Ascención para realizar el ofrecimiento formal al pretendiente del trono del Perú a través del Congreso de la República del Perú, después de conocerse los resultados del referéndum.
Integración del pretendiente al trono a organizaciones locales de ayuda a desfavorecidos, en las siguientes zonas geográficas:
Visita real a Huamachuco, La Libertad
Visita real a La Arena, Piura
Visita real a Huanta, Ayacucho
Visita real a Requena, Loreto
Visita real a Yurimaguas, Loreto
Visita real a Nueva Cajamarca, San Martín
Visita real a Andahuaylas, Apurímac
Visita real a Yauli, Huancavelica
Visita real a Ilave, Puno
Visita real a Moyobamba, San Martín
Visita real a Ayacucho, Ayacucho
Visita real a Cerro de Pasco
Visita real a Bagua Grande, Amazonas
Visita real a La Unión, Huánuco
Visita real a Sicuani, Cusco
Visita real a Montsefú, Lambayeque
Visita real a Bagua, Amazonas
Visita real a Perene, Junín
Visita real a Pichanaqui, Junín
Visita real a Juanjuí, San Martin
Visita real a Pucallpa, Ucayali
Visita real a Satipo, Junín
Visita real a Cajamarca, Cajamarca
Visita real a Viru, La Libertad
Visita real a Sullana, Piura
Visita real a Juliaca, Puno
El pretendiente al trono recibirá formación militar en las tres ramas de las fuerzas armadas del Perú: Ejército, Marina de Guerra, y Fuerza Aérea. Así también recibirá formación en la Policía Nacional del Perú.
El Congreso de la República del Perú ofrecerá el trono del Perú al pretendiente al trono después de que los ciudadanos expresen en el referéndum nacional su deseo de cambiar a un sistema de gobierno monárquico con el pretendiente al trono como Jefe de Estado. Inmediatamente los ciudadanos conozcan los resultados del referéndum, a favor de restablecer la monarquía en el Perú, y si el Pretendiente al Trono acepta las mejoras constitucionales, entonces se realizará la ceremonia de nombramiento público a nivel nacional del nuevo monarca del Perú. Presidente del Congreso, Presidente de la República, y Presidente del Poder Judicial, anunciarán el cambio oficial de república a monarquía, el cambio de Presidente a Primer Ministro, y anunciarán al nuevo Jefe de Estado.
En caso de rechazo total del ofrecimiento, ya sea de cualquiera de las mejoras constitucionales aprobadas por el Congreso y del nombramiento como monarca, la Casa Real del Perú y los 32 Consejos de Expertos identificarán a un nuevo pretendiente idóneo que será sugerido para legitimización por el Congreso y referéndum nacional. El pretendiente al trono dará por escrito y publicamente las razones de su no aceptación.
El Consejo de Ascensión al Trono proclamará formalmente al Pretendiente al Trono como monarca del Perú.
El nuevo monarca del Perú aceptará formalmente el ofrecimiento para nombrarlo y convertirse en Monarca del Perú de acuerdo a las mejoras constitucionales aprobadas en Capítulo I, Capítulo II, artículo 45, artículo 113 y Capítulo XII. Así también realizará el juramento de respetar la constitución, proteger y servir a los ciudadanos toda su vida.
Mejora de la democracia participativa informada mediante Iniciativa para mejorar los procesos de democracia directa enviando panfletos oficiales informativos a todos los ciudadanos sobre la propuesta y/o contrapropuesta que se someta a votación en un referéndum local, regional o nacional. Los panfletos oficiales deberán explicar las ventajas, beneficios, desventajas, riesgos, oportunidades, efectos e implicaciones para los ciudadanos de la implementación a corto, mediano, y largo plazo, de la propuesta y/o contrapropuesta. También deberán incluir información y objetivos de los grupos que están detrás de ambas opciones. La información de los panfletos oficiales debe ser veraz, objetiva, transparente, verificable, y en un lenguaje simple y de fácil entendimiento por cualquier ciudadano del territorio. Los ciudadanos podrán querellarse ante los tribunales correspondientes por información que no cumpla estos requisitos y solicitar su subsanación para que refleje los objetivos del panfleto oficial y antes de distribuirse a la población. Un comité editor, formado por miembros de las opciones a presentarse a los ciudadanos, así como representantes del Estado, deberá asegurarse que los panfletos oficiales son elaborados correctamente con las características de información requerida que permita a los ciudadanos tomar decisiones independientes e informadas. Debates públicos en medios de comunicación masivos, incluyendo televisión, prensa, redes sociales y en vivo a nivel local, deberá realizarse al momento de publicarse el panfleto oficial.
Mejora de la autorregulación de prensa y medios de comunicación que soporte la integridad y libertad de prensa, pluralidad de los medios de comunicación, así como su independencia de cualquier organización y del gobierno, y a la vez fortaleciendo altos estándares éticos y profesionales de acuerdo a los desafíos del siglo XXI, mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 40.
Mejora del Derecho de iniciativa legislativa de los ciudadanos mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 64.
Mejora de medidas preventivas de la corrupción para control ciudadano de gastos aprobados por el Congreso mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 66 y Mejora de medidas preventivas de la corrupción para control ciudadano de gastos del Gobierno Ejecutivo mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 93
Mejora de medidas anti-corrupción para funcionarios del Estado con el fin de incrementar la protección de los ciudadanos mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 109.
Creación del Consejo Anti-corrupción y Mejora de la Seguridad Ciudadana para crear y modificar leyes, endurecer penas y multas, mejorar actividades de prevención y resocialización, para convertir a Perú en el país más transparente, menos corrupto y sin crimen del mundo.
Actualización del Plan Estratégico de desarrollo nacional: Perú 2050, y el plan nacional de recursos humanos municipales para implementar una descentralización efectiva y eficiente a nivel distrital en un periodo de 15 años, reemplazando la descentralización regional, y limitando el tamaño del Estado central, mediante debate en el Congreso y/o referéndum de artículo 1 y artículo 110.
Mejora del sistema de partidos políticos incluyendo programa de capacitación anti-corrupción, mediación, diálogo político y financiación para fortalecimiento de instituciones políticas y calidad de oferta de candidatos.
Mejora del sistema de educación nacional mediante debate en el Congreso y/o referéndum del artículo 15, artículo 16, y artículo 17.
Mejora del Derecho a la salud mediante debate en el Congreso y/o referéndum del artículo 18
Mejora de la protección de los recursos naturales y transferencia de uso de tierras de la corona y títulos de propiedad adecuados a personas o comunidades locales con derecho e intereses en los mismos para que permita su inserción en el sistema productivo nacional sostenible y sistema financiero internacional, mediante debate en el Congreso y/o referéndum del artículo 21, y artículo 22.
Lago Titicaca
Cuenca amazónica
Mejora de la infraestructura, agricultura, comercio e industria mediante debate en el Congreso y/o referéndum del artículo 20.
Creación, organización eficiente y monitorización de un plan de Gran Reparación a la Sociedad implementado por los beneficiarios del Perdón Social Penitenciario mediante la creación de fideicomisos transparentes con la totalidad del dinero incautado en actos de corrupción en contra del Estado y destinado a resarcir a comunidades menos favorecidas, marginadas e injustamente tratadas por el Estado. Los ciudadanos, mediante democracia participativa informada, seleccionarán las personas beneficiarias o que se les remueve el Perdón Social Penitenciario, de acuerdo a la implementación y resultados de las propuestas de reparación a la Sociedad.
Dos o Tres años después de la Ascensión al trono